Sidebar

[Offcanvas] Navegación superior

27
Sáb, Abr
85 New Articles

Mundo
Typography
  • Smaller Small Medium Big Bigger
  • Default Helvetica Segoe Georgia Times

El Parlamento europeo fue el escenario donde sesionó el Tribunal Internacional contra el Bloqueo a Cuba que culminó con declaración de culpabilidad de EE.UU. “por su ilegal cerco a la Isla”.

La sede del Parlamento europeo, en Bruselas, fue el escenario donde sesionó el Tribunal Internacional contra el Bloqueo a Cuba que culminó con declaración de culpabilidad de EE.UU. “por su ilegal cerco a la Isla”. Fue un acto de carácter simbólico, pero fuerte contendido, en el que un grupo de jueces convocaron a más de veinticinco testigos de diferentes sectores sociales que expusieron acerca de los efectos económicos y humanos que provoca la política de asfixia económica de EE.UU. contra la población cubana,
así como contra personas y empresas de otros países que son sancionados cuando quieren sostener relaciones sociales, económicas y culturales con Cuba.
El Tribunal fue constituido por juristas de reconocido prestigio y organizaciones de solidaridad con Cuba, como la Asociación Internacional de Juristas Demócratas, el Gremio
Nacional de Abogados de EE.UU., el Foro de Abogados y Abogadas de Izquierda-Red de Abogados Demócratas de España o las Asociaciones de cubanos y cubanas residentes
en Europa o el Grupo de la Izquierda en el Parlamento Europeo, entre otros. El juicio se sustentó motivo en un importante cúmulo de denuncias que dan cuenta de flagrantes violaciones de los derechos humanos que van acompañadas por pruebas documentales que acreditan la autoría del gobierno estadounidense de esas vulneraciones, su sostenimiento en el tiempo y los efectos que tienen sobre la población. Así, el veredicto declaró que EE.UU. viola los derechos humanos, tratados y leyes internacionales al aplicar el bloqueo contra Cuba. El dictamen también sostiene que las leyes estadounidenses en las que se basa deben ser abolidas y Washington “debe pagar una indemnización por el costo de los daños al Estado cubano, a las empresas y a los ciudadanos”. Y el bloqueo debe analizarse con los parámetros que señala la Convención de 1948 para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, ya que “la política de asfixia económica durante un largo período y su grave repercusión en la vida de los cubanos, así como el empeño sistemático en causar un daño colectivo, podría equivaler al crimen de genocidio”.