Por orden de la Sala 7 de la Cámara de Apelaciones Criminal Correccional, el juez Edmundo Rabbione debe colocar esta carátula a la causa abierta por el asesinato de Andrea Amarante, Pamela Cobas y Roxana Figueroa que fue perpetrado en mayo pasado en el porteño barrio de Barracas.
Finalmente, por medio de una resolución de la Sala 7 de la Cámara de Apelaciones Criminal Correccional, se ordenó al juez Edmundo Rabbione, que reconozca el vínculo afectivo existente entre Sofía Castro y Andrea Amarante, que junto con Pamela Cobas y Roxana Figueroa, son las víctimas del triple lesbicidio que fue perpetrado el 5 de mayo en un hotel de residentes del barrio porteño de Barracas por Justo Fernando Barrientos, quien en esa ocasión lanzó un coctel explosivo dentro de la habitación en que estaban las dos parejas.
Pese a que Sofía era pareja de Andrea, y que un idéntico vínculo unía a Pamela Cobas y Roxana Figueroa, el juez Rabbione se empecinó en negar que lo sucedido en aquella fatídica jornada se trató de un lesbicidio. Y persistió en su postura pese a que diferentes testimonios recogidos entre los vecinos del lugar, dan cuenta de que en reiteradas oportunidades, Barrientos había expresado el odio que sentía hacia las cuatro mujeres sólo por el hecho de que eran lesbianas.
Pese a todo esto y al pedido de recusación con que Sofía Castro respondió a la negativa a su solicitud de ser considerada querellante, en tanto pareja de una de las víctimas fatales, el magistrado continuó desestimando abordar la causa desde una perspectiva de género, al tiempo que ignoró las órdenes que en tal sentido le dio un tribunal superior. Ahora en una decisión judicial que planta un precedente en lo que hace al acceso a la igualdad de derechos de las personas Lgbtiqa+, la Sala 7 reconoce la identidad lesbiana y el vínculo afectivo existente entre mujeres y le ordena a Rabbione que acepte a Sofía Castro como querellante por el crimen de Andrea Amarante.
En este punto vale recalcar que lo de la Sala 7 de la Cámara de Apelaciones Criminal Correccional no es un regalo, sino que resulta como producto de una larga y trabajosa lucha que llevó, entre otras cosas, a que durante 2010 se sancionara la Ley 26.618 de Matrimonio Igualitario y dos años más adelante a que una reforma al Código Penal, incluyera como agravantes en conductas criminales a la motivación por el odio de género, orientación sexual, identidad y expresión de género que tuvieran la víctimas.
Así las cosas, el 23 de diciembre fue la Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, quien también le puso los puntos sobre las íes a Rabbione cuando le ordenó que debe aceptar el pedido de ser querellante que hizo la Federación Argentina Lgbt+, a la que el magistrado le había negado tal condición.
Estas decisiones judiciales fueron celebradas por la Corriente Lohana Berkins, desde donde en reiteradas ocasiones se había denunciado que la intención de Rabbione de considerar al triple lesbicidio de Barracas como un delito común, representaba un acto de “una hipocresía y un cinismo atroz”, al tiempo que se advirtió que para lograr torcer el rumbo por el que el magistrado pretendió encaminar la causa, fue fundamental la actitud militante de diferentes colectivos feministas y Lgbtiqa+ que consiguieron que el caso siga siendo viabilizado en un contexto en el que con el fomento de la Presidencia Milei, se patrocina una subjetividad que busca “envalentonar la intolerancia y el desprecio hacia lo diferente y lo diverso, hacia las propias divergencias”, algo que no hace otra cosa que exhibir y potenciar una de las caras más criminógenas del sistema capitalista.